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DEPARTAMENTO DE COMAYAGUA Honduras

Fecha de creación: 28 de Junio de 1825.

Comayagua es uno de los siete departamentos en que

fue dividido el Estado de Honduras, en la primera División

Política Territorial el 28 de junio de 1825, compuesto de

dos partidos: el de Comayagua y el de Goascoran, así:

Partidos:                                               Parroquias:

                                                             Sagrario

                                                             Caridad

Comayagua .......................................  Lejamani

Curaren

Siguatepeque

Chinacla

Goascoran .......................................... Goascoran

Aguanqueterique

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“Dado en Comayagua a 28 de junio de 1825. José Maria Donaire. Diputado Presidente.- Pazcal Ariza D. Secretario al C. Jefe Supremo por tanto ejecútese: lo tendrá entendido el Secretario del despacho general y dispondrá lo necesario a su cumplimiento y haciéndole publicar y circular”.  

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En 1843 se separa el Distrito de Goascoran, así:

“MINISTERIO DE RELACIONES DEL SUPREMO GOBIERNO DEL ESTADO DE HONDURAS = D. U. D. = CASA DE GOBIERNO.

Comayagua marzo 13 de 1843 = Señor Jefe Político del Departamento de = El Presidente del Estado, se ha servido dirigirme el decreto siguiente =. El Presidente en quien reside el poder Ejecutivo del Estado de Honduras. Por cuanto: La Cámara Legislativa ha decretado y constitucionalmente se ha sancionado lo que sigue =. La Cámara de representantes del Estado de Honduras, CONSIDERANDO: que el Distrito de Goascoran y los pueblos de Curaren, Alugaren y Reytoca pertenecientes hasta hoy al departamento de esta capital, están a largas distancias de ella, y mas cercanos a la Villa de Choluteca: que agregados al departamento de este nombre en lo gubernativo y judicial, seria mas pronta y mas exacta en ellos la administración publica. Teniendo presente que agregados el Distrito y pueblos referidos al Distrito de Nacaome, ya formarían la mitad del citado departamento de Choluteca; pero que la distancia en que quedan la cabecera no es cómoda para la exacta administración de Justicia, ha tenido a bien decretar y DECRETA:  Articulo 1º.- El Distrito de Goascoran queda desde hoy separado del departamento de Comayagua, y agregado al de Choluteca.  Articulo 2º.- Los pueblos de Curaren, Alugaren y Reytoca quedan agregados al Distrito de Nacaome, y por consiguiente al departamento de Choluteca.  Articulo 3º.- Los Distritos de Goascoran y Nacaome, formaran una sección conocida con el nombre del ultimo y los demás distritos del mismo departamento formaran otra con el nombre de sección de Choluteca.  Articulo 4º.- En cada una de las dichas secciones habrá un Juez de 1ª. Instancia que reunirá el conocimiento de las causas civiles y criminales. Articulo 5º.-  Estos jueces estarán dotados cada uno de ellos, con la mitad del suelo que ha disfrutado el del crimen del departamento; y en lo civil podrán cobrar derechos de juzgados con arreglo arancel. Pase al Poder Ejecutivo = Dado en Comayagua a 8 de marzo de 1843 =  Felipe Jáuregui, R. P. = Vicente A. Bocanegra, R. S. = Macedonio Zuniga, P. S. Por tanto; ejecútese: lo tendrá entendido el ministro del despacho de relaciones, y dispondrá lo necesario a su cumplimiento = Dado en la ciudad de Comayagua en la casa de Gobierno a 11 de marzo de 1843 = Francisco Ferrera = al Señor Coronel Juan Morales. Y lo comunico a usted para que lo haga publicar y circular en los pueblos de su mando; esperando me de aviso de su recibo, y que admita el aprecio con que lo distingo. Morales”.

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En 1877 se anexan los pueblos de Lamani y San Sebastián, así:

ACUERDO EN QUE SE ANEXAN AL DEPARTAMENTO DE COMAYAGUA LOS PUEBLOS LAMANI Y SAN SEBASTIÁN, QUEDANDO EL DE YARUMELA EN EL DEPARTAMENTO DE LA PAZ.

Secretaria General del Gobierno Constitucional.

Comayagua, junio 18 de 1877.

​

En atención al buen servicio publico, y en el propósito de fijar de una manera mas exacta los limites jurisdiccionales de los departamentos de Comayagua y La Paz, el Presidente constitucional de la Republica ACUERDA: que los pueblos de San Sebastián y Lamani con el radio que abrazan sus respectivas jurisdicciones municipales, formen parte del departamento de Comayagua; que el pueblo de Yarumela con su comprensión municipal corresponda al departamento de La Paz; y, que por ahora, quede por línea divisoria de los referidos departamentos el rió de Cane o Chiquinguara, desde donde comienza al sur la jurisdicción municipal de San Sebastián que se extiende hasta la confluencia del rió Tupanguara con el rió Humuya. Comuníquese y regístrese. Rubricado por el Señor Presidente. Rosa”.

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Origen de su nombre:

Comayagua es nombre indígena. Se compone de Coma, que significa en dialecto lenca, páramo, y agua de que resulta que su verdadera significación es “páramo abundante de agua”.

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Cabecera Departamental:  

Comayagua.

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Limites:

Al Norte, los departamentos de Santa Bárbara, Yoro y Cortes;

Al sur, los departamentos de La Paz, Francisco Morazán;

Al Este, departamento de Francisco Morazán; 

Al Oeste, departamento de Intibuca.

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Municipios:  (19)

•           Comayagua

•           Ajuterique

•           El Rosario (San Antonio de Opoteca)

•           Esquías

•           Humuya (aldea Tambla de San Sebastián)

•           La Libertad (antes Portillo de la Ensenada)

•           Lamani (antes Maniani)

•           La Trinidad

•           Lejamani (aldea India Dexamano)

•           Meambar (antes Miambar)

•           Municipios (Cont.)

•           Minas de Oro

•           Ojos de Agua

•           San Jerónimo (antes San Jerónimo del Esquino)

•           San José de Comayagua

•           San José del Portero (antes Potrero)

•           San Luis (era una aldea de Esquías)

•           San Sebastián (antes Rincón del Mico)

•           Siguatepeque

•           Villa de San Antonio

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El 16 de abril de 1866 se emitió el siguiente:

“DECRETO QUE CONCEDE EL ESTABLECIMIENTO DE UNA MUNICIPALIDAD, EN LOS PUEBLOS DE TAULABE Y SAN JUAN DE LA MISIÓN

El Presidente de la Republica CONSIDERANDO: Que los pueblos de Taulabe, San Juan de la Misión y Jaitique reúnen un numero de almas suficientes para el establecimiento de una municipalidad: que por la distancia a que se hallan del pueblo de Siguatepeque, del cual son auxiliares, no pueden recibir una inmediata y diaria inspección en los ramos de Justicia y Policía: que la creación de dicha municipalidad en dichos pueblos a mas de llenar esta necesidad, será un medio de promover la mejora moral y material. Por tanto ha tenido a bien. DECRETAR: Articulo 1º.- Los pueblos de Taulabe, San Juan de la Misión y Jaitique, nombraran una municipalidad, cuya residencia será en el primero, compuesta de un Alcalde, un Sindico y un Regidor. Articulo 2º.- por consiguiente, habrá también un Juez de Paz nombrado en la forma que previene el reglamento de Gobernadores y municipalidades. Dado en Santa Bárbara, a 16 de abril de 1866. José Maria Medina. El Ministro de relaciones y gobernación Ponciano Leiva”.

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Este municipio no duro y quedo como aldea de Siguatepeque.

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Distritos: En 1889 estaba dividida en 6 círculos o Distritos y 16 municipios, así.

Comayagua ......................................... Comayagua

Ajuterique

Lejamani

San Antonio ........................................ San Antonio

San Sebastián

Lamani

El Rosario u Opoteca .......................... El Rosario u Opoteca

San Jerónimo del Esquino

Siguatepeque ....................................... Siguatepeque

San José

Meambar ............................................  Meambar

Ojos de Agua

La Libertad

Esquías  ..............................................  Esquías

Minas de Oro

San José del Potrero

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En 1917 La Libertad

“SE DECLARA AL PUEBLO DE LA LIBERTAD CABECERA DEL DISTRITO DE MEAMBAR.

Tegucigalpa 5 de septiembre de 1917.

Vista la solicitud elevada al Poder Ejecutivo por la municipalidad y vecinos del pueblo de La Libertad, por medio de la Gobernación Política de Comayagua, contraída a pedir se declare a dicho pueblo como cabecera de distrito en lugar del de Meambar, por tener aquel mas elementos de vida de los que dispone este. Vistos a si mismos, los informes dados por el Gobernador Político y Administrador de Rentas del expresado departamento favorable a lo pedido por la municipalidad y vecinos de La Libertad; por tanto, el Presidente de la Republica, en uso de las facultades que le confiere el articulo 139 de la ley municipal. ACUERDA: Declarar al pueblo de La Libertad cabecera del distrito de Meambar, comprendiendo los municipios de La Libertad, Meambar, Ojos de Agua y figurando en la división política territorial de la Republica con el nombre de distrito de La Libertad. La jurisdicción de este será la misma que ha tenido el de Meambar.- Comuníquese, Bertrand. El Secretario de Estado en el Despacho de Gobernación y Justicia. Francisco J. Mejia”.

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En 1940 se creo el distrito departamental de Comayagua. Así:

“ACUERDO No. 659

Tegucigalpa 12 de noviembre de 1940

CONSIDERANDO: que de conformidad con el articulo 179 reformado de la Constitución Política, el Poder Ejecutivo tiene facultades para la creación de Distritos Departamentales, seccionales y locales, que se regirán por consejo, como parte integrante de la administración departamental. Por tanto el Presidente de la Republica. ACUERDA:  1º.- Crear en el departamento de Comayagua, el Distrito Departamental de Comayagua, compuesto del actual municipio de Comayagua. 2º.- El Distrito expresado asume los derechos y obligaciones del municipio que se extiende por el presente acuerdo.- Comuníquese. Carias A. El Secretario de Estado en los despachos de Gobernación, Justicia, Sanidad y Beneficencia. Abraham Williams”.

En 1957 se devuelve la Autonomía Municipal.

Extensión Superficial:      5196.4  Km2 .

Aldeas:    179

Caseríos:  1,229

​

MUNICIPIO: COMAYAGUA:

Fecha de creación:  1537

Por orden del adelantado Francisco de Montejo, que fue nombrado Gobernador de Honduras, por renuncia que hizo Fray Alonso de Guzmán, que a un tiempo mismo se le había investido del cargo de Gobernador y Obispo de ella, el Capitán Alonso de Cáceres recorrió esta provincia, pacifico algunos pueblos que estaban insurreccionados y fundo una villa, a la que le dio el nombre de Santa Maria de Comayagua (en 1537), que figuro después con el de Nueva Valladolid. Por la Real Cedula del 13   de septiembre de 1543 se le designo para asiento de la Audiencia de los Confines. El 7 de diciembre de 1557 se le concede el titulo de ciudad. En 1559 fue trasladada de Trujillo la sede Episcopal. En Comayagua surgieron las primeras autoridades de la Republica, siendo capital desde 1573, el primer Congreso Constituyente, reunido en Cedros, el 29 de agosto de 1824 decreto que Tegucigalpa y Comayagua fueron capitales alternativamente; hasta 1880 que se traslado definitivamente la capital de Tegucigalpa.- El 12 de noviembre de 1940 se crea el Distrito Departamental de Comayagua, compuesto por el municipio de Comayagua.

Limites: Al Norte, municipios de San Jerónimo y El Rosario; al sur, municipios Villa de San Antonio y Lejamani, al Este, municipio Cedros y al Oeste, municipios de Masaguara y Santiago Puringla.

Extensión Superficial:   831.9 Km2.

Aldeas: 30

Caseríos:  190

 

MUNICIPIO: AJUTERIQUE:

Fecha de creación: Dicen que fue fundado en 1650 en el lugar denominado Quelepa, zona montañosa y en donde todavía se encuentran vestigios de construcciones, después fue trasladada al lugar actual. Le dieron categoría de municipio en 1862, en la División Política Territorial de 1889 era uno de los municipios del Distrito de Comayagua.

Origen de su nombre: Significa en mejicano “Cerro de la Tortugas”.

Limites: Al Norte y al Este, municipio de Comayagua, al Sur, municipio de Lejamani y La Paz y al Oeste, municipio  Santiago Puringla.

Extensión Superficial:  61.9 Km2.

Aldeas:     3

Caserío:        36

 

MUNICIPIO: EL ROSARIO:

Fecha de creación:  Este pueblo fue bautizado con el nombre de San Antonio de Opoteca en 1689, en ese mismo año se construyo el templo por arquitectos españoles, siendo entonces un mineral. En la División Política Territorial de 1889, era uno de los Distritos de Comayagua formado por los municipios  de El Rosario y el de San Jerónimo del Esquino. Obtuvo el titulo de cuidad en 1915, cambiándole el nombre de San Antonio de Opoteca por El Rosario.

Origen de su nombre:  La terminación teca (Opoteca) indica que la palabra es un gentilicio de Opolla, lugar de grandes caminos.

Limites:  Al Norte, municipio La Trinidad; al Sur, municipio de Comayagua; al Este, municipio de San Jerónimo y al Oeste, municipio de Siguatepeque.

Extensión Superficial:    281.3 Km2.

Aldeas:  12.

Caseríos:    69.

 

MUNICIPIO: ESQUÍAS:

Fecha de creación:  Se cree que fundado en 1600 por encontrarse esa fecha en la iglesia de arquitectura colonial. En la División Política Territorial de 1889 era un Distrito formado por los municipios de: Esquías, Minas de Oro y San José del Potrero.-

Origen de su nombre:  Su nombre lo ha tomado por la abundancia de un árbol que existe en ese lugar conocido con el nombre de Esquías.

Limites:  Al Norte, municipio de San Luis y Minas de Oro; al Sur, municipios de Cedros y Comayagua; al Este, municipio El Porvenir y al Oeste, municipio de San Jerónimo.

Extensión Superficial:    387.1  Km2.

Aldeas:    6.

Caseríos:   73.

 

MUNICIPIO: HUMUYA:

Fecha de creación:  En la División Política Territorial de 1896 era una aldea de municipio de San Sebastián, le dieron categoría de municipio en 1897.

CREASE EL PUEBLO DE HUMUYA EN EL DEPARTAMENTO DE COMAYAGUA.

*Tegucigalpa 26 de Enero de 1897.

Con vista de la solicitud presentada por gran numero de vecinos de la aldea de Tambla, comprendida en la demarcación municipal del pueblo de San Sebastián, en el departamento de Comayagua, relativa a pedir la creación de un nuevo pueblo, por tener los elementos necesarios para ello y convenirles mas a sus intereses, tener autoridades propias que atiendan a la instrucción publica y procuren el progreso de su localidad.

Oído el informe del Gobernador Político de Comayagua, favorable a la petición, no obstante de que la municipalidad de San Sebastián se opone a ella, fundándose principalmente en que no todos los vecinos que aparecen en el censo de la aldea son vecinos de ella, pues unos residen en San Sebastián y otros en distintos pueblos de la republica; y CONSIDERANDO: Que se ha comprobado satisfactoriamente que la aldea de Tambla tiene las condiciones requeridas por el articulo 3º de la ley municipal para ser elegida en pueblo, sin que su segregación perjudique los intereses legítimos del resto del municipio a que pertenece actualmente; y CONSIDERANDO: Que por las circunstancias peculiares alegadas por los peticionarios, y por el mayor interés que tomaran los vecinos de la aldea de “Tambla” constituyendo un municipio independiente en todos los ramos del servicio publico, es precedente la solicitud; por tanto el presidente. ACUERDA: 1º.- Acceder a la petición de los vecinos de “Tambla creando un nuevo pueblo con el nombre de Humuya.     2º.- Disponer que se proceda en la forma legal a la elección de autoridades locales para que tomen posesión a mas tardar el 15 de septiembre del presente año; y   3º.- Se delega en el Gobernador Político la facultad de fijar los limites jurisdiccionales del nuevo pueblo y hacer la división de terrenos, bienes, pastos, aprovechamientos, usos públicos  y créditos activos y pasivos, sin perjuicio de los derechos de propiedad y servidumbre publicas y privadas existentes. Queda sujeto a la ratificación del Gobierno lo resuelto por el Gobernador en virtud de esta delegación.- Comuníquese y regístrese. Bonilla. El Gobernador de Estado en el despacho de Gobernación, Cesar Bonilla”.

Limites:  El Norte, municipios de La Paz y Cane; al Sur, municipio Lamani; al Este y al Oeste, municipio de San Sebastián.

Extensión Territorial:    54.7  Km2.

Aldeas:  2.

Caseríos:   25.

 

MUNICIPIO: LA LIBERTAD: 

Fue fundado en 1860 por varias familias procedentes del municipio de Ojos de Agua de este mismo departamento y se establecieron por vez primera en el lugar llamado Libertad Vieja, distante a un kilómetro de esta población, por razones de seguridad, estas familias optaron por trasladarse a este lugar, dándole el nombre de “Portillo de la Ensenada”. En 1876 le dieron categoría de municipio y le cambiaron el nombre de La Libertad. En 1917 a solicitud de los vecinos de La Libertad, se declara a esta, cabecera del distrito en lugar de Meambar, comprendiendo los municipios de La Libertad, Meambar y Ojos de Agua.

Limites:  Al Norte, municipios de Victoria; al Sur, municipios San Jerónimo, La Trinidad y Esquías; al Este, municipios Minas de Oro y San Luis y al Oeste, municipios de Ojos de Agua y Santa Cruz de Yojoa.

Extensión Superficial:    315.2  Km2.

Aldeas:  11.

Caseríos:  115.

 

MUNICIPIO: LAMANI:

Fecha de creación: En 1684 ya figuraba como pueblo con el nombre de Maniani. Formo parte de La Paz en 1869, pero el 18 de junio de 1877, con el radio que abraza su jurisdicción municipal, se agrega al departamento de Comayagua y en la División Política Territorial de 1889, era uno de los municipios del Distrito de San Antonio (Villa de San Antonio).

Origen de su nombre:  La verdadera ortografía de la palabra parece ser alacmani,. que en mejicano significa: “Lugar de Alfareros”.

Limites: Al Norte, municipios de San Sebastián y Humuya; al Sur, municipios Aguanqueterique y Guajiquiro; al Este, municipio Lepaterique y al Oeste, municipios de Guajiquiro y San Sebastián.

Extensión Superficial:    303.3  Km2.

Aldeas:    7

Caseríos:      64

 

MUNICIPIO: LA TRINIDAD:

Fecha de creación:  No se sabe cuando fue fundado, solo se conoció que antes se llamaba Trinidad de Cuevas, en la División Política Territorial de 1896 ya aparece como municipio del Distrito del Rosario.

Limites:  Al Norte, municipio Ojos de Agua y La Libertad; al Sur, municipio El Rosario; al Este, municipio San Jerónimo y al Oeste, municipio Meambar.

Extensión Superficial:      93.8  Km2.

Aldeas:      5

Caseríos:       24

 

MUNICIPIO: LEJAMANÍ:

Fecha de creación:  Fue fundado en 1630 como aldea india Dexamano, como los indios no podían pronunciar la D, le llamaban Lejamane, por ultimo Lejamani y en el recuento de población de 1791 era un pueblo del curato de Ajuterique. Le dieron categoría de municipio según acuerdo # 23 emitido por el poder ejecutivo el 13 de septiembre de 1842, formado parte del Distrito de Comayagua.

Origen de su nombre:  Significa en mejicano: “Lugar donde se tallan piedras preciosas”.

Limites:  Al Norte, municipio de Ajuterique; al Sur, municipio La Paz; al Este, municipio Comayagua y al Oeste, municipios Ajuterique y La Paz.

Extensión Superficial:       23.9  Km2.

Aldeas:      -

Caseríos:     16

 

MUNICIPIO: MEAMBAR:

Fecha de creación:  No se sabe cuando fue fundado, en el primer recuento de población de 1791 aparece como pueblo Miambar, formando parte del curato de Siguatepeque ha tenido como asiento los lugares de Pueblo Viejo y Agua Zarca. En la División Política Territorial de 18889 aparece como cabecera del Distrito formado por los municipios de Meambar, La Libertad y Ojos de Agua.

Origen de su nombre:  Significa en  mejicano “Agua de las espigas y de las flores de caña de maíz”.

Limites:  Al Norte, municipios de Santa Cruz de Yojoa y La Libertad; al Sur, municipios Siguatepeque y El Rosario; al Este, municipios de Ojos de Agua y La Trinidad y al Oeste, municipio Santa Cruz de Yojoa.

Extensión Superficial:      399.0  Km2.

Aldeas:   17

Caseríos:   93

 

MUNICIPIO: MINAS DE ORO:

Fecha de  creación:  Fue fundado en 1820. Le dieron categoría de municipio en 1844.

Limites: Al Norte, municipio de Victoria; al Sur, municipios San Luis y Esquías; al Este, municipio San José del Potrero y al Oeste, municipio La Libertad.

Extensión Superficial:       397.0  Km2.

Aldeas:     13

Caseríos:   83

 

MUNICIPIO: OJOS DE AGUA:

Fecha de creación:  Fue fundado en 1827, en la División Política Territorial de 1889 aparece como municipio del Distrito de Meambar.

Limites:  Al Norte y al Este, municipio La Libertad; al Sur, municipio La Trinidad y al Oeste, municipio Meambar.

Extensión Superficial:     261.4  Km2.

Aldeas:    7

Caseríos:       97

 

MUNICIPIO: SAN JERÓNIMO:

Fecha de creación:  Fue fundado en 1830 y se llamo San Jerónimo del Esquino. En la División Política Territorial de 1889 aparece como municipio formado parte del Distrito de El Rosario u Opoteca.

Limites:   Al Norte, municipio La Libertad, al Sur, municipio Comayagua; al Este, municipio Esquías y al Oeste, municipios El Rosario y La Trinidad.

Extensión Superficial:     237.4  Km2.

Aldeas:   9

Caseríos:    57

 

MUNICIPIO: SAN JOSÉ DE COMAYAGUA:

Fecha de creación:  Fue fundado en 1780.

Le dieron categoría de municipio en 1851 formando parte del Distrito de Siguatepeque.

Limites:  Al Norte y al Oeste, municipio San Pedro Zacapa; al Sur, municipio Jesús de Otoro y al Este, municipio Siguatepeque.

Extensión Superficial:    111.7  Km2.

Aldeas:    6

Caseríos:    33

 

MUNICIPIO: SAN JOSÉ DEL POTRERO:

Fecha de creación:  En el recuento de población de 1791 ya figuraba con el nombre de Potrero, formando parte del curato del Sagrario de Comayagua y el la División Política Territorial de 1889 era un municipio del Distrito de Esquías.

Limites:  Al Norte, municipio Sulaco; al Sur y Oeste, municipio de Minas de Oro y al Este, municipio de Porvenir.

Extensión Superficial:   205.5  Km2.

Aldeas:    6

Caseríos:   43

 

MUNICIPIO: SAN LUIS:

Fecha de creación:  En la División Política Territorial de 1896 era una aldea del municipio de Esquías le dieron categoría de municipio, así:

“RESOLUCIÓN No. 26 PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA.- Tegucigalpa, M. D. C., quince de mayo de mil novecientos setenta.- Vista la solicitud presentada al Poder Ejecutivo en el Ramo de Gobernación, con fecha diez y ocho de enero de mil novecientos sesenta y cinco, por los ciudadanos Elías Cruz Donaire, Leopoldo Flores, Arnaldo Lavaire y Lavaire, Daniel Flores y Flores, Eduardo Lavaire, Jorge Lavaire y Lavaire, Rafael Flores y Flores y Jesús Flores y Flores, todos mayores de edad, solteros, jornaleros, hondureños y residentes en la aldea de San Luis, jurisdicción de Esquías, Departamento de Comayagua, contraída a pedir en representación de los habitantes de la referida Aldea, que se eleve a la categoría de municipio, la aldea de San Luis, tantas veces citadas.- RESULTA: que la Secretaria de Estado en los despachos de Gobernación y Justicia al admitir la petición, en auto de fecha diez y ocho de enero de mil novecientos sesenta y cinco, mando a oír a la Dirección General de Censos y Estadísticas, a la Gobernación Política de Comayagua y a la Procuraduría General de la Republica.- RESULTA: que la Dirección General de Censos y Estadísticas, al evacuar su informe manifestó, que la aldea de San Luis y sus Caseríos, tienen una población total de 1.376 habitantes y 222 viviendas.-  RESULTA: que la Gobernación Política del departamento de Comayagua, manifestó que la aldea de San Luis, reúne los requisitos que establece el Articulo 3º. de la ley de municipalidades y del Régimen Político, para ser erigida en municipio.-  RESULTA: que la Procuraduría General de la Republica, se pronuncio también en igual sentido.- CONSIDERANDO: que con la creación del nuevo municipio de San Luis, no se perjudica la economía del municipio de Esquías, del cual se desmembra y,  CONSIDERANDO: que es procedente acceder a lo pedido, POR TANTO: El Presidente de la Republica, en aplicación de los Artículos 201 de la Constitución de la Republica; 2º. y 3º. de la ley de municipalidades y del Régimen Político y 1º. del Código de Procedimientos Administrativos, RESUELVE: 1º.- Crear el municipio de San Luis cuya cabecera será la población del mismo nombre, en el departamento de Comayagua, con las aldeas y caseríos siguientes: Aldeas: “El Plan Grande”, “El Tablón” y “Loma Pelada”.- Caseríos: “Las Trojas”, “El Portillo”, “Talquezal”, “Las Uvas”, “Río Arriba”, “La Joya”, “Las Quebradas” y “El Tule”, y tendrá el nuevo municipio de San Luis, los limites o colindancias que siguen: La línea jurisdiccional entre los municipios de San Luis y Minas de Oro, será así: Partiendo del mojón trifinio de “Guarumas”, ubicado en la línea jurisdiccional entre los municipios de Esquías y Minas de Oro, se tomara el rumbo Norte cuarenta y tres grados cuarenta y cinco minutos Oeste (N. 43°  45’  0.) y una distancia de aproximadamente setecientos veinte y cinco metros (725 Mts.) hasta llegar al mojón del “Camino de Esquías a San Antonio”; siguiendo luego un rumbo Norte setenta y seis grados cuarenta y cinco minutos Oeste (N. 76°  45’  0) y una distancia aproximadamente de tres mil novecientos noventa y dos metros (3.992 Mts) hasta llegar al mojón del “Caliche del Sompopero”, desde este mojón se toma el rumbo Norte setenta y un grados quince minutos Oeste (N. 71°  15’  0.) y con una distancia de mil cuarenta y dos metros (1.042 Mts.) se llega al mojón de la “Loma del Camino entre Jupuare y La Cañas”, continuando luego con rumbo Norte setenta y un grados quince minutos (N.  75°  15’  0.) y con una distancia de novecientos seis metros (906 Mts.) se llega al mojón del “Camino Viejo”, en la loma de Sompopero; desde allí se sigue el rumbo norte setenta y un grados quince minutos Oeste (N. 71°  15’  0.) y con una distancia aproximadamente de seis mil trescientos metros (6,300 Mts.) se llega hasta el mojón de “Las Montañas de Platanares”.- De este mojón se prosigue con rumbo Sur 75 grados Oeste (S. 75°  0.) hasta llegar al mojón Trifinio “El Rincón” con una distancia aproximadamente de dos mil ochocientos metros.- En el mojón El Rincón termina esta línea jurisdiccional.- La línea jurisdiccional entre los municipios de San Luis y La Libertad, será la siguiente: Comenzara en el mojón trifinio denominado “El Rincón” el cual es mojón también de los terrenos llamados “Sitio del Rincón” y ejidos de La Libertad”.- Del mojan trifinio “El Rincón” se tomara el rumbo Sur aproximadamente hasta llegar con una distancia aproximadamente de 1400 Mts, al mojón “Quebrada Ruidosa” colindando en este tramo por el lado derecho con terrenos ejidales del municipio de La Libertad y llevando a mano izquierda al terreno titulado con el nombre de “Sitio del Rincón”.- El mojón “Quebrada Ruidosa” es común a los terrenos denominados “Sitio del Rincón” y “Rincón del Tule” y ejidos de La Libertad.- Del mojón “Quebrada Ruidosa” se seguirá aproximadamente con el mismo rumbo Sur hasta llegar con mil trescientos cincuenta metros aproximadamente (1350 Mts.) al mojón “Las Lagunatas” , llevando a mano derecha los terrenos ejidales de “La Libertad” y a mano izquierda el terreno denominado “Rincón del Tule”.- El mojón “La Lagunatas” es mojón común a los terrenos “Rincón del Tule”, Ejidos de La Libertad y del “Lote No.2 de El Junco”.- Del mojón “Las Lagunatas” se continuara con rumbo Sur aproximadamente hasta llegar al mojón de “La Cima Alta del Filo” o “Cerro Negro” con una distancia aproximadamente de 3850 Mts. Llevando a mano derecha los ejidos de La Libertad y a mano izquierda el lote #2 de “El Junco”.- El mojón de Cerro Negro, es mojón común a los terrenos “Ejidos La Libertad” “Ejidos de San Luis” “Junco y Carrizal” y “Lote # 2 del Junco”.- Y la línea limítrofe que separara a los municipios de San Luis y Esquías, será como sigue: Partiendo de el mojón Trifinio denominado “Guarumas” se seguirá una línea recta con rumbo Sur  tres grados treinta minutos Este (S. 3°  30’ E) aproximadamente hasta llegar con una distancia aproximada de 4 Kms. a su intersección con la “Quebrada de Agua” en un punto ubicado en el paso del camino actual que une a Esquías con San Luis.- Este punto esta ubicado a una distancia de aproximadamente 1850 Mts. de la iglesia de San Luis.- “Del paso de la Quebrada de Agua” se continuara aguas abajo por la mencionada quebrada hasta su confluencia con el Rió Sorzapote, se tomara el rumbo Sur treinta y siete grados (S. 37° 0) Oeste aproximado hasta llegar al mojón del cerro de “La Laguna” con una distancia de aproximadamente 1500 Mts. El mojón del “Cerro de la Laguna” es el mojón del terreno comunal denominado “San Luis”. Del mojón del “Cerro de la Laguna” se continuara con un rumbo aproximado de Sur 52° grados Oeste (S. 52° 0) hasta llegar al mojón del “Plan de las Guacamayas” con una distancia aproximadamente de 1.100 Mts. El mojón “Plan de las Guacamayas” es mojón común al terreno “San Luis”.- Del mojón del “Plan de las Guacamayas” se continuara con el mismo rumbo de la línea anterior hasta llegar a la intersección de esta línea con el rió “El Tablón o La Joya”. Con una distancia de aproximadamente 800 Mts. de este punto se continuara aguas arriba del rió “El Tablón” o “La Joya” hasta su confluencia con la quebrada “El Mango”.- De este punto se seguirá rumbo Norte ochenta y siete grados treinta minutos Oeste (N. 87°  30’ 0) con una distancia aproximada de 3.100 Mts. hasta llegar al mojón de “La Loma Calichosa de los Higüeros”.- El mojón de “La Loma de los Higüeros” es un mojón común a los terrenos “Ejidos jimeritos” y “Carrizal y Jutes”.- Del mojón de “La Loma Calichosa de los Higüeros” se proseguirá con un rumbo Norte treinta y seis grados treinta minutos Oeste (N. 36°  30’  0.) hasta llegar al mojón al mojón de “Los Magueles” con una distancia aproximada trescientos treinta y seis metros (336 Mts.). El mojón “Los Magueles” es común a los terrenos Carrizal y Jutes.- Del mojón “Los Magueles” se continuara con rumbo Oeste aproximado hasta llegar al mojón del “Caliche del Carrizal” con una distancia de 2140 Mts. aproximadamente. El mojón del “Caliche del Carrizal” es común a los terrenos “Carrizal y Jutes” y “Junco” y “Carrizal”.- Del mojón del “Caliche del Carrizal” se toma un rumbo aproximado de Norte nueve grados Oeste (N. 9°  0.) hasta llegar con una distancia aproximada de tres mil quinientos cincuenta metros (3.550 Mts.) al mojón trifinio denominado “Cima del Filo o Cerro Negro” donde termina esta línea.- el mojón de “La Cima del Filo o Cerro Negro” es común a los terrenos “Ejidos de San Luis” “Ejidos de La Libertad”, “Junco y Carrizal” y “Lote No. 2 de los Ejidos del Junco”.- Cualquier duda que se originare en cuanto a los limites, será aclarada por la oficina de Ingeniería dependiente de la secretaria de estado de los despachos de Gobernación y Justicia; y 2º.- La presente resolución tendrá vigencia, a partir de la fecha en que se elija a los miembros que integraran la Cooperación Municipal del nuevo municipio de San Luis, elección que tendrá lugar, el día señalado por la Ley Electoral; y, por mientras esto sucede, se excita al Honorable Consejo Nacional de Elecciones, para que ordene al Consejo departamental de elecciones de Comayagua, nombrar el consejo local del nuevo municipio de San Luis, en la forma establecida por la Ley Electoral, a fin de elaborar el censo de los electores, con los ciudadanos residentes en la aldea de San Luis y en las demás  aldeas y caseríos que han pasado a formar parte del municipio creado por esta resolución.- NOTIFÍQUESE.- O. López A. EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DERECHOS DE GOBERNACIÓN Y JUSTICIA.- VIRGILIO URMENETA R.”

Limites:  Al Norte, municipio Minas de Oro; al Sur y al Este, municipio Esquías y al Oeste, municipio La Libertad.

Extensión Superficial:   122.1  Km2.

Aldeas:     2

Caseríos:      45

 

MUNICIPIO: SAN SEBASTIÁN:

Fecha de creación:  En 1840 existía una aldea con el nombre El Rincón del Mico en la margen izquierda del Río Chichinguara, después la trasladaron al lugar donde hoy esta con el nombre de Santo Domingo, los vecinos el 14 de Enero de 1859, solicitaron a Comayagua, se le diera categoría de municipio a dicha aldea, solicitud que fue aceptada, habiéndole cambiado el nombre por el de San Sebastián, en ese tiempo pertenecía a La Paz, pero en 1877 formo parte de Comayagua.

Limites: Al Norte, municipio La Paz y Cane; al Sur, municipios Lamaní y Guajiquiro; al Este, municipio Villa de San Antonio y al Oeste municipios Humuya y San Pedro Tutule.

Extensión Superficial:  151.6  Km2.

Aldeas:   2

Caseríos:   40

 

MUNICIPIO: “SIGUATEPEQUE”:

Fecha de creación: Fue fundado en 1689, en el recuento de población de 1791 era cabecera de curato: el 14 de abril de 1861 se le dio categoría de municipio con el nombre de San José de Siguatepeque. Se le dio el titulo de la ciudad el 9  de abril de 1926, con el nombre de Siguatepeque. El 12 de noviembre de 1940 se crea el distrito local de Siguatepeque, compuesto por el municipio de Siguatepeque. En 1957 se devuelve la autonomía municipal.

Origen de su nombre:  Significa en mejicano “En el cerro de la mujer”.

Limites: Al Norte, municipios de Meambar y Santa Cruz de Yojoa; al Sur, municipios de Jesús de Otoro y Comayagua; al Este, municipio El Rosario y al Oeste, municipios de Jesús de Otoro y San José de Comayagua.

Extensión Superficial:  606.5  Km2.

Aldeas:   38

Caseríos:   68

 

MUNICIPIO: VILLA DE SAN ANTONIO:

Fecha de creación:  En el recuento de población de 1791 aparece como San Antonio, formando parte del curato de Comayagua. Después de 1804 se le concedió el titulo de pueblo y en vista del incremento que tomo se elevo al rango de Villa. El la División Política Territorial de 1889 aparece como cabecera de Distrito, formado por los municipios de: San Antonio, San Sebastián y Lamaní.

Limites: Al Norte, municipios de Comayagua; al Sur, municipios San Sebastián y Lamaní; al Este, Distrito Central y al Oeste, municipios La Paz y Cane.

Extensión Superficial:  351.1  Km2.

Aldeas:  3

Caseríos:   58

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