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DEPARTAMENTO DE LEMPIRA Honduras

(Al principio se llamo Gracias)

Fecha de creación:  28 junio 1825

Según la primera División Política Territorial de 1825, en su “Articulo 1°-

El Estado se divide por ahora en siete departamentos ........

Gracias ....... cada departamento comprende dos partidos .....

el de Gracias, el suyo y el de Santa Rosa, así:

Partidos:                                                  Parroquias:

Gracias .................................................. Gracias

Intibuca

Gualcha

Erandique

Camasca

Quezailica

Sensenti

Santa Rosa ............................................. Santa Rosa

Guarita

Dado en Comayagua a 28 de junio 1825.- José Maria Donaire diputado presidente.-Pazcal Ariza D. Secretario. De este territorio se tomo parte para formar  el departamento de Intibuca y parte para el departamento de Copan.

Origen de su nombre: “El celebre conquistador Don Pedro de Alvarado, que había venido a Honduras llamado por los colones españoles, que se encontraban tiranizados por el Gobernador de la provincia, Andrés de Cerezeda, mando al capitán Juan de Chávez que buscase un sitio a propósito  para fundar una buena población, y después de andar muchos días perdido entre sierras y montañas, encontró al fin una planicie por la cual corría un rió, exclamando como Colon, dijo: “Gracias a Dios que hemos hallado tierra llana”. Estas palabras dieron origen al nombre del departamento y a la población que allí se fundo y que hoy se conoce solamente con la denominación de Gracias, tal vez mas breve. Esto fue en el año de 1536.

En 1943 se le cambia el nombre al departamento, según Decreto No.- 47

EL CONGRESO NACIONAL, CONSIDERANDO: Que el heroico caudillo Lempira llena una de las paginas mas gloriosas de la historia antigua de Honduras por haber luchado con coraje inigualado defendiendo la libertad y soberanía de estos pueblos contra la agresión de los conquistadores Españoles. CONSIDERANDO: Que el departamento de Gracias fue la cuna de Lempira, símbolo de mas alto y puro patriotismo. CONSIDERANDO: que es deber del Estado honrar la memoria de sus grandes hombres para estimular con su ejemplo la cultura cívica del ciudadano. DECRETA: Articulo 1°.- Cambiar, al departamento de Gracias, el nombre que actualmente lleva por el de “Departamento de Lempira” cuya cabecera seguirá siendo la ciudad de Gracias. Articulo 2°.- El presente decreto comenzara a regir, el veinte de julio del año en curso, por ser ese el día consagrado al héroe autóctono, en cuya fecha las municipalidades del departamento de Gracias, darán lectura en sesión solemne a este decreto. Dado en Tegucigalpa, D.C., en el salón de sesiones a los diez y siete días del mes de febrero de mil novecientos cuarenta y tres. Plutarco Muñoz P. Presidente.- Vicente Cáceres Secretario.- Fernando Zepeda D. Secretario.- Al Poder Ejecutivo.  POR TANTO: Ejecútese. Tegucigalpa, D.C.,17 de febrero de 1943. Tiburcio Carias A. El Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación Justicia, Sanidad y Beneficencia, por la ley, Benjamín M. Guzmán”.

Cabecera Departamental:   Gracias

Municipios:  (27)

•           Gracias

•           Belén

•           Candelaria (antes aldea San Francisco de Joconguera)

•           Cololaca (antes Hacienda de Cololaca)

•           Erandique (antes Cerquin)

•           Gualcince

•           Guarita

•           La Campa (aldea del municipio de Gracias) municipio en 1921

•           La Iguala (antes Santiago de la Iguala)

•           Las Flores (antes las Flores de Santa Bárbara)

•           La Unión (antes pueblo Nuevo, era una aldea del municipio El Conal  hoy San Rafael) municipio en 1916

•           La Virtud

•           Lepaera

•           Mapulaca

•           Piraera

•           San Andrés (antes Guaxinlaca)

•           San Francisco

•           San Juan Guarita (antes El Rodeo, era una aldea del municipio de Guarita) municipio en 1921

•           San Manuel Colohete (era una aldea del municipio de Gracias) municipio en 1901

•           San Rafael (antes El Conal, era una aldea del municipio La Iguala) municipio en 1900

•           San Sebastián (antes Colosuca, era una aldea del municipio de Gracias) municipio en 1896

•           Santa Cruz (era una aldea del municipio de Erandique) municipio en 1926

•           Talgua

•           Tambla (era una aldea del municipio de Tomalá) municipio en 1896

•           Tomalá

•           Valladolid

•           Virginia

Distritos:  Según División Política Territorial 1889.

Distritos:                                          Municipios:

Gracias ..........................................  Gracias

La Iguala

Belén

Lepaera

Las Flores

Talgua

Erandique ....................................... Erandique

San Andrés

San Francisco

Candelaria ...................................... Candelaria

Virginia

Mapulaca

Piraera

Gualcince

Guarita ..........................................  Guarita

Valladolid

La Virtud

Cololaca

Tomalá

En 1896 aparece además el municipio de San Sebastián agregado al Distrito de Gracias. En 1926 se crea el Distrito de Lepaera, así: Decreto No. 21.

EL CONGRESO NACIONAL DECRETA: Articulo 1°.- Crease el distrito de Lepaera, en el departamento de Gracias, compuesto de los municipios de Lepaera, Las Flores, Talgua, La Unión y El Conal, con cabecera en el primero de los indicados pueblos. Articulo 2°.- El presente decreto empezara a regir el primero de agosto próximo. Dado en Tegucigalpa en el salón de sesiones a los diecinueve días del mes de enero de mil novecientos veintiséis.- V. Callejas, Presidente. G. A. Castañeda S. Secretario. J. M. Albir Secretario. Al Poder Ejecutivo. POR TANTO: Ejecútese. Tegucigalpa 20 de enero de 1926 M. Paz Barahona. El Secretario de Estado en el despacho de Gobernación, Justicia y Sanidad. José Maria Casco”.

Limites:

Al Norte, Departamento de Copan y Santa Bárbara;

al Sur, República de El Salvador;

al Este, departamento Intibuca

al Oeste, departamento de Copan y Ocotepeque.

Extensión Superficial: 

4,289.7  Km2.

Aldeas:  

225

Caseríos:  

1,800

 

MUNICIPIO: GRACIAS:

Fecha de creación:  Octubre 1536

FUNDACIÓN DE LA CIUDAD DE GRACIAS.

La ciudad de Gracias fue fundada por primera vez, en el mes de octubre de 1536, por Don Gonzalo de Alvarado y Chávez, primo hermano de don Pedro de Alvarado, en el lugar llamado Opoa, próximo a la ribera izquierda del Río Higuito. De este lugar el asiento de la cuidad fue trasladado al lugar llamado Mongual, frente al actual pueblo de Las Flores, Río Grande de por medio, a principios del año de 1537, debido a que el primitivo sitio no pareció adecuado. Cuando la ciudad se encontraba en Mongual llegaron a ella el Capitán Alonso de Cáceres, el adelantado don Francisco de Montejo y el protector de los Indios, Licenciado don Cristóbal de Pedraza. De este lugar salió el Capitán Alonso de Cáceres a efectuar la conquista del Valle de Comayagua y mas tarde el Gobernador de Honduras, adelantado don Francisco de Montejo, para hacer la pacificación de los mismos lugares que se habían incursionado cuando Alonso de Cáceres batía a Lempira.- Cuando Montejo se vio obligado a efectuar esta salida ya había localizado el sitio donde pensaba establecer el asiento definitivo de la ciudad. Para tal efecto, lo había visitado en compañía del Licenciado Pedraza, y al partir dejo a su hermano, don Juan de Montejo, para que hiciera el traslado con las solemnidades de la ocasión. El 15 de enero de 1539, día del dulcísimo nombre de Jesús, y en evocación de este, fue establecida la ciudad entre dos ríos, en un valle de regular extensión, situado en las proximidades de muchas comunidades indígenas a las cuales se proyectaba atacar.- En el sitio donde ahora se halla la iglesia de San Marcos canto misa el protector de los Indios Presbítero y Licenciado Pedraza, fue plantada la cruz y efectuada la fundación, según da noticia de ella el propio Licenciado Pedraza en carta enviada al Rey de España en el mes de mayo de ese año”.

En la División Política Territorial de 1889 aparecía como Distrito formado por los municipios: La Iguala, Velen, Lepaera, Las Flores y Talgua.

La Audiencia de los Confines se instalo en Gracias el 16 de mayo 1544.

Limites:  al Norte, municipios Lepaera, La Iguala y Las Flores; al Sur, municipios La Campa, San Manuel Colohete y Belén; al Este, municipio La Iguala y al Oeste, municipios Belén Gualcho y Cerquin.

Extensión Superficial:    432.5  Km2.

Aldeas:   21

Caseríos:    119

 

MUNICIPIO: BELÉN:

Fecha de creación: No se sabe cuando fue fundado, pero en la División Política Territorial de 1889 aparece como municipio del Distrito de Gracias.

Limites: al Norte, municipios La Iguala; al Sur, municipio San Juan; al Este, municipio Yamaranguila, y al Oeste, municipios Gracias y La Campa.

Extensión Superficial:   207.1  Km2.

Aldeas:   2

Caseríos:    76

 

MUNICIPIO: CANDELARIA:

Fecha de creación:  Fue creado el 13 de agosto de 1607 con el nombre de San Francisco de Joconguera. En el recuento de población de 1791 aparece formado el curato de Cerquin. En 1839 le dieron categoría de municipio. En 1878 se le dio el rango de Villa. El 20 de febrero 1897 el Presidente Policarpo Bonilla le otorgo el titulo a estas tierras. Se le dio el titulo de ciudad según “decreto No. 68, El Congreso Nacional decreta: Articulo 1º.- Elevar a la categoría de ciudad, la Villa de Candelaria de Joconguera. Articulo 2º.- El presente decreto empezara a regir desde la fecha de su promulgación.- Dado en Tegucigalpa, D. C., en el salón de sesiones a veintidós de febrero de mil novecientos treinta nueve. Antonio C. Rivera. Presidente – Pedro Amaya R. Secretario la costumbre ha sido dejando solo Candelaria.

Limites: al Norte, municipio de Gualcince; al Sur, municipio Virginia; al Este, municipio de Piraera y al Oeste, municipios Mapulaca y Gualcince.

Extensión Superficial:    53.0  Km2.

Aldeas:   4

Caseríos:   38

 

MUNICIPIO: COLOLACA:

Fecha de creación:  Fue fundado en 1835 en el terreno “Hacienda de Cololaca”, y en la división política territorial de 1889 era uno de los municipios del distrito de Guarita, en ese mismo año se le dio el titulo de pueblo con el nombre de Cololaca.

Origen de su nombre:  Significa en mejicano “En el agua de los Alacranes”.

Limites: al Norte, municipio San Marcos; al Sur, municipio de Guarita; al Este, municipios San Sebastián y Guarita y al Oeste, municipio de Mercedes y Republica de El Salvador.

 

MUNICIPIO: GUARITA:

Fecha de creación: En el recuento de población 1791 era uno de los pueblos que formaban el curato de Sensenti. El decreto No. 91 del 20 de marzo 1934 se le dio el titulo de cuidad.  

Limites:  al Norte, municipios de Cololaca y San Sebastián; al Sur, Republica de El Salvador; al Este, municipio Tambla y San Juan Guarita y al Oeste, municipio Cololaca y Republica de El Salvador.

Extensión Superficial:   171.4  Km2.

Aldeas:   9

Caseríos:   110

 

MUNICIPIO: LA CAMPA:

Fecha de creación: En el censo de población de 1887 era una aldea del municipio de Gracias, (con el articulo llego a formar una sola palabra La Campa), pero en la actualidad se usa deparado, se creo el municipio en 1921 así: Tegucigalpa 18 de enero de 1921.

Vista la solicitud presentada con fecha 23 de noviembre ultimo, por el Licenciado Teofilo Canales, casado y de este vecindario, como apoderado de Benito Méndez E. alcalde auxiliar de La Campa, aldea de la comprensión municipal de Gracias, en aquel departamento, contraída a pedir la erección de la expresada aldea en cabecera de municipio con el nombre de “La Campa” con jurisdicción en los lugares habitados o caseríos: Oromilaca, Barriales, Las Cañadas, Quesuncerca, Santa Catarina, Mezalillo, Hierbabuena, Tagera, El Guayabo, El Ciprés, El Cantaron o La Esperanza y Caiquin y fundando dicha solicitud en que la mencionada aldea La Campa tiene mas de noventa casas, cuenta con mas de ochocientos habitantes, posee las tierras ejidales correspondientes sin perjuicios de los demás terrenos de que son dueños, posee un cabildo y sus respectivas cárceles, una casa amplia para las escuelas primarias para ambos sexos, y que cuenta con todos los recursos morales y económicos suficientes para sostener con ventaja para la comunidad todos los gastos, derechos, deberes y obligaciones que trae consigo la creación de la nueva entidad administrativa. Oído al parecer fiscal favorable a lo solicitado; y CONSIDERANDO: que el informe del Gobernador Político de Gracias, confirma lo manifestado por el solicitante, y expresa la conveniencia de crear el referido municipio, por ser además, la voluntad expresa desde hace mucho tiempo de todos aquellos vecinos, en numero suficiente y capacitados para regirse por si. POR TANTO: en aplicación de los artículos 2º., 3º., 4º., 5º., 6º., 7º., 8º.,  y 9º., de la ley municipal, el Presidente de la Republica. ACUERDA: 1º. Erigir en municipio la aldea de La Campa, con los caseríos de Oromilaca, Barriales, Las Cañadas, Quesuncera, Santa Catarina, Mescalillo, Hierbabuena, Tagera, El Guayabo, El Ciprés, El Cántaro o La Esperanza, y Calquín teniendo como cabecera la primera, en el Distrito de Gracias, departamento del mismo nombre,  2º.- autorizar el Gobernador Político de Gracias para que resuelva lo conveniente sobre los limites jurisdiccionales, tierras, aguas, servidumbres, créditos, derechos adquiridos y necesidades vecinales, y sobre todo lo relativo a la alteración del municipio de Gracias, y a la organización del de La Campa, debiendo someter a la aprobación del ejecutivo oportunamente, la demarcación jurisdiccional que hiciere, así como los demás resoluciones que tomare sobre los asuntos indicados, y , 3º.- designar el ultimo domingo y los dos días subsiguientes del mes de febrero próximo para que se practique la elección de la nueva municipalidad de La Campa, conforme a la ley; la que deberá tomar posesión el dos de abril del corriente año.- Comuníquese. López G. El secretario de estado de despacho de Gobernación y Justicia. José Maria Ochoa V.”

Origen de su nombre: Significa en Mejicano “En el agua de la caña2

Limites:  al Norte, municipios Gracias y Belén; al Sur, municipios San Andrés y Santa Cruz; al Este, municipios San Juan y Belén  y al Oeste, municipios San Manuel Colohete y San Sebastián.

Extensión Superficial:    209.1  Km2.

Aldeas:     7

Caseríos:    69

 

MUNICIPIO: LA IGUALA:

Fecha de creación: Es un pueblo muy antiguo que formaron los indígenas y se cree que la primera municipalidad fue instalada el 1 de mayo 1556 y se llamaba Santiago de la Iguala, después se dejo solamente la Iguala y así figura en el primer recuento de población de 1791 formando parte del curato de Gracias a Dios.

Origen de su nombre: Le dieron este nombre al observar que los dos ríos Masica y Conchagual, que bañan las orillas de esta población son iguales.

Fecha de creación:  Es un pueblo muy antiguo que formaron los indígenas y se cree que la primera municipalidad fue instalada el 1º. de mayo 1556 y se llamaba Santiago de La Iguala, después se dejo solamente La Iguala y así figura en el primer recuento de población de 1791 formando parte del Curato de Gracias a Dios.

Limites:  al Norte, municipios La Unión y Atima; al Sur, municipio Belén; al Este, municipios Yamaranguila y San Rafael y al Oeste, municipios de Lepaera y Gracias.

Extensión Superficial:     363.2  Km2.

Aldeas:   14

Caseríos:   56

 

MUNICIPIO: LAS FLORES:

Fecha de creación: Sus primeros habitantes vinieron de La Paz. Al principio se llamo Las Flores de Santa Bárbara, en honor a la imagen que se venera en ese lugar. Le dieron categoría de municipio el 1º. de Enero de 1869. En la División Política Territorial de 1889  era uno de los municipios del Distrito de Gracias.

Limites: al Norte, municipio Lepaera; al Sur y al Este, municipio Gracias y al Oeste, municipios Talgua y San Pedro Copan.

Extensión Superficial:    75.1  Km2.

Aldeas:  5

Caseríos:   35

 

MUNICIPIO: LA UNIÓN

Fecha de creación:  Era la aldea de Pueblo Nuevo, jurisdicción de El Conal, (hoy San Rafael); se creo el municipio en 1916, así:

“SE RESUELVE DE CONFORMIDAD UNA SOLICITUD”.

Tegucigalpa 3 de mayo de 1916.

Con vista de la solicitud elevada al Poder Ejecutivo por Balvino Perdomo y Braulio Arriaga, alcaldes auxiliares de las aldeas de Pueblo Nuevo y Gualciras, respectivamente en el municipio de El Conal; departamento de Gracias, relativa a pedir la separación del expresado municipio delas aldeas antes expresadas y la de los caseríos situados en los lugares llamados Las Peñas, El Sitio, Las Pilas, El Naranjo, Lepagual, y Agua Sarca, creando con ellos uno nuevo, que se denominará La Unión, que tendrá por cabecera la aldea de Pueblo Nuevo, designándola para el futuro con el nombre de La Unión. Municipio que tratan de formar por convenir a los intereses dela dicha aldea de autoridades propias, que procuren con eficacia el progreso de la localidad. Oído el parecer del señor Gobernador Político respectivo, favorable a la petición, por creer que la  referida aldea tiene los elementos necesarios para ser erigida en pueblo. CONSIDERANDO: que se ha comprobado satisfactoriamente que dicha aldea tiene el numero de habitantes y todas las demás condiciones que la ley requiere para la creación de un nuevo municipio. CONSIDERANDO: que al  agregarse las aldeas de Pueblo Nuevo y Gualciras del resto de las que forman el actual municipio de El Conal no se impide que este pueda subsistir independientemente de aquellos. CONSIDERANDO: que por las razones alegadas en la solicitud y por el mayor interés que tendrá la autoridad local inmediata para atender a todos los ramos del servicio  público, es conveniente acceder a dicha petición; POR TANTO: El Presidente de la Republica de conformidad con los artículos: 2,3,6, y 8 de la ley municipal. ACUERDA: 1. Resolver de conformidad dicha solicitud autorizando, en consecuencia, la creación del nuevo municipio que se llamará La Unión y que tendrá por cabecera la aldea de Pueblo Nuevo, con el nombre de La Unión; y 2. Delegar en el Gobernador Político del Departamento de Gracias a Dios la facultad de fijar los límites jurisdiccionales  del nuevo municipio y hacer la división de terrenos, bienes, pastes, aprovechamiento, usos públicos. Etc, sin perjuicio de los derechos de propiedad y servidumbres públicos y privadas ya existentes; quedando sujeto a la ratificación del Gobierno lo resuelto por aquel empleado en virtud de esta delegación. Comuníquese. Bertrand. El Secretario de Estado en el Despacho de Gobernación y Justicia Francisco J. Mejía.

Límites: Al norte, municipios Atima y San Nicolás; al Sur, municipio La Iguala  y San Rafael; al Este, municipios El Níspero y Arada y al Oeste, municipio La Iguala.

Extensión Superficial:   90.8  Km.2

Aldeas:  5

Caseríos:   27

 

MUNICIPIO LA VIRTUD:

Fecha de creación: Le dieron categoría de municipio en 1859, formaba parte del Distrito de Guarita en 1889.

Límites: Al norte, municipio de Valladolid, al Sur y al Oeste, Republica de El Salvador y al Este, municipio de Gualcince y Mapulaca.

Extensión Superficial:   85.7      Km2.

Aldeas 12

Caseríos           43

 

MUNICIPIO DE LEPAERA:

Fecha de creación:  Los primeros pobladores de Lepaera fueron indios que llegaron del antiguo reino de Cuscatlan huyendo de los conquistadores españoles y se establecieron al pie de la montaña de Puca y fueron quienes le dieron ese nombre, esto fue antes de 1536, pues cuando fundaron la ciudad de Gracias, Lepaera ya existía. En 1867   eligieron la primera municipalidad. En la división Política Territorial 1889, era uno de los municipios del Distrito de Gracias. En 1926 se creó el Distrito de Lepaera compuesto por los municipios de Lepaera, Las Flores, Talgua, La Unión y El Conal, con cabecera en Lepaera. Le dieron categoría de ciudad en 1966, así:

“Tegucigalpa, D.C., 27 de octubre   de 1966.

DECRETO NUMERO 81. EL CONGRESO NACIONAL, DECRETA. Articulo 1. Elevase a la categoría de ciudad el pueblo de Lepaera, en el departamento de Lempira. Articulo 2. El presente Decreto empezará a regir el dieciséis de mayo de próximo año. DADO EN LA CIUDAD DE TEGUCIGALPA, DISTRITO CENTRAL, en el salón de sesiones del Congreso Nacional, a los ocho días del mes de octubre de mil novecientos sesenta y seis. MARIO RIVERA LÓPEZ. Presidente. LUIS MENDOZA FUGON. Secretario SAMUEL GARCÍA Y GARCÍA. Secretario Al Poder Ejecutivo: Por TANTO: PUBLÍQUESE. Tegucigalpa, M.D.C., 10 de octubre de 1966. O. López A. El SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN Y JUSTICIA.- Virgilio Urmeneta R.”

Origen de su nombre: Significa en Lenca “Quebrada del Tigre”.

Límites: Al norte, municipio Naranjito; al Sur municipios Las Flores y Gracias; al Este municipios La Iguala y Atima y al Oeste, municipios San José, Santa Rosa de Copán y San Juan de Opoa.

Extensión Superficial:   318.3    Km2.

Aldeas:            27

Caseríos:          100.

 

MUNICIPIO MAPULACA:

Fecha de creación: En el primer encuentro de población de 1791 formaba parte del curato de Cerquin y en la división política Territorial de 1889 era uno de los municipios del Distrito de Candelaria.

Origen de su nombre: Significa en mejicano “En el agua donde hacen lodo”

Límites: Al norte , municipio de Gualcinse; al Sur, República de El Salvador; al Oeste, municipios de Candelaria y Virginia y al Oeste, municipio de La Virtud.

Extensión Superficial:   33.7      Km 2.

Aldeas:            4

Caseríos:          30

 

MUNICIPIO DE PIRAERA:

Fecha de creación: En el primer recuento de población de 1791 aparece como pueblo del curato de Cerquin y en la división Política 1889  era un municipio del Distrito de Candelaria. Está situado en uno de los ramales de la montaña del Congolón.

Origen de su nombre: Significa en mejicano “Agua de las tierras de los señores”

Limites: Al norte, municipios de Erandique y Gualcince; al Sur, Municipio de San Antonio y República de El Salvador; al Este, municipios de Camasca y San Francisco y al Oeste, municipios de Candelaria y Virginia.

Extensión Superficial:   175.5    Km 2.

Aldeas: 9

Caseríos:          93

 

MUNICIPIO SAN ANDRÉS:

Fecha de creación: En el recuento de población de 1801 aparece como aldea Guaxinlaca de la subdelegación de Gracias a Dios. En la División Política Territorial de 1889 aparece como municipio del Distrito de Erandique, con el nombre de San Andrés.

Límites: Al norte, municipio La Campa, Santa Cruz y San Sebastián; al Sur, municipio de Gualcince: al Este, municipio de Erandique y al Oeste, municipios Valladolid, Tambla y Tomalá.

Extensión Superficial:   248.9    Km 2.

Aldeas: 7         

Caseríos:          121

 

MUNICIPIO DE SAN FRANCISCO:       136.7    Km 2.

Fecha de  creación: En el primer recuento de población de 1971 aparece como parte del curato de Cerquin. En la División Política Territorial de 1896 era uno de los municipios del Distrito de Erandique.

Límites: Al norte, municipio de Erandique; al Sur, municipio de Concepción; al Este, municipio Yamaranguila y San Marcos de la Sierra y al Oeste, municipio Erandique y Piraera.

Extensión Superficial:   136.7    Km 2.

Aldeas:                        6

Caseríos:                                 86

 

MUNICIPIO DE SAN JUAN GUARITA:

Fecha de Creación: En el censo de población de 1887 aparece como aldea El Rodeo del municipio de Guarita, hasta  1921 se creó el municipio, así:

“ Tegucigalpa 21 de febrero de 1921”

Vista la solicitud presentada por don Julián Ramos, como representante de la comunidad del pueblo de Guarita, del Departamento de Gracias, contraída a pedir  que se autorice la creación de un nuevo municipio constituido por la aldeas El Rodeo, Pueblo Viejo y Sazalapa y los barrios de la Banda y las pilas, teniendo como cabecera la primera de ellas. Acompaño los documentos siguientes: El Poder con que comparece, los títulos de dominio de los terrenos de La Montañita y Repastadero, a favor de la comunidad. Vistos los informes del Gobernador Político y del Director General de Estadísticas, aparece que las mencionadas aldeas y barrios tienen un total de mil seiscientos treinta y nueve habitantes permanentes, sin contar con la población flotante y más de quinientos la de El Rodeo, con los caseríos anexos. Los Horcones, Las  Veguitas, Jocomico, El Roblar, Tupido y El Zapote, contando con territorio propio de la comunidad, que cultivan en cantidad considerable toda clase de productos y  es suficiente para el desarrollo del nuevo municipio. El Fiscal General de Hacienda emitió dictamen favorable a lo solicitado. CONSIDERANDO: Que por los informes referidos se viene en conocimiento de que las  mencionadas aldeas y barrios tienen todas las condiciones que exige la Ley Municipal para su creación en municipio; y que, por otra parte, esto no perjudica al de Guarita del cual se agregan aquellas, puesto que quedará subsistiendo con un numero regular de aldeas con que puede proveer perfectamente a su desarrollo. POR TANTO: El Presidente de la Republica, de conformidad con los artículos 2,3,6,7, y 8, de la Ley Municipal. ACUERDA:1.- Resolver de conformidad la solicitud de que ha hecho merito, autorizando, en consecuencia, la creación del nuevo municipio, que se llamará “San Juan Guarita”, en el Distrito de Guarita, departamento de Gracias, el cual estará compuesto de las aldeas El Rodeo con los caseríos anexos ya mencionados, Pueblo Viejo y Sazalapa y los barrios de las Pilas y la Banda, teniendo como cabecera a la primera aldea. 2. Delegar en la Gobernación Política de aquel Departamento la facultad de fijar los límites jurisdiccionales del nuevo municipio; y hacer la división correspondiente a el de Guarita, de tierras, aguas, servidumbre, créditos, derechos adquiridos y necesidades vecinales y sobre todo, lo relativo a la alteración de los términos municipales, debiendo someterse la resolución que dicten en tal sentido, lo relativo a la alteración de los términos municipales, debiendo someterse la resolución que dicten en tal sentido a la ratificación del Poder Ejecutivo; y 3. Disponer que en la forma legal se elijan el mismo domingo de abril próximo y los dos días subsiguientes, las autoridades del nuevo municipio, que se inaugure y tome posesión la municipalidad el primero de junio de este año. Comuníquese López G. El secretario de Estado en el Despacho de Gobernación y Justicia. José María Ochoa .V.

Límites: Al Norte y al Oeste, municipio de Guarita; al sur, República de El Salvador y al Este, Municipio de Valladolid.

Extensión Superficial:   51.0      Km 2.

Aldeas: 5

Caseríos:          35

 

MUNICIPIO DE SAN MANUEL COLOHETE:

Fecha de Creación: En el censo de población  de 1887 era una aldea del municipio de Gracias; hasta 1901.

“CREASE EL MUNICIPIO DE COLOHETE EN EL DEPARTAMENTO DE GRACIAS

Tegucigalpa 2 de febrero de 1901

Con vista de la solicitud elevada al Poder Ejecutivo, en el mes de diciembre de 1897, por el alcalde auxiliar de la aldea de Colohete, comprendida en el jurisdicción municipal de Gracias, relativa a pedir que se erija en municipio, por tener los elementos necesarios para ese fin. Resulta: que la municipalidad respectiva, en el informe dado al efecto, se opuso a la creación del nuevo pueblo, fundándose en que la aldea colohete no tenía el número de habitantes exigido por el articulo 3. de la Ley Municipal para las cabeceras municipales. Resulta: que el gobernador Político de aquel departamento dio también un informe adverso sobre la solicitud, por la misma causa alegada por la municipalidad de Gracias y porque la segregación de dicha aldea perjudicaría al municipio, de la cabecera, con motivo de que las contribuciones del vecindario se recrearían por la falta de los contribuyentes de colohete. Resulta: que el actual Gobernador de aquel departamento, General don Alfonso Villela, ha manifestado últimamente: que , en su concepto, es conveniente la creación del nuevo pueblo, para promover el progreso y adelanto de aquella localidad. CONSIDERANDO: que se ha comprobado satisfactoriamente que la aldea de colohete tiene mas de quinientos habitantes y los recursos suficientes para sostener un régimen municipal independiente, contando, además, con edificios para cabildos y escuelas de ambos sexos. CONSIDERANDO: que se ha demostrado por la experiencia, que conviene, para el adelanto y moralidad de los pobladores, el que tengan autoridades inmediatas que procuren el cumplimiento de las leyes sobre instrucción pública, higiene, etc., para obtener la buena administración local. POR TANTO: el Presidente de conformidad con los artículos 2. 3 reformado, 7 y 8 de la ley de municipalidades ACUERDA: 1. Resolver de conformidad la solicitud de que se ha hecho mérito; autorizando, en consecuencia, la creación del nuevo pueblo, que tendrá por cabecera la actual aldea de Colohete. 2. Delegar en la Gobernación Política del departamento de Gracias la facultad de fijar los límites jurisdiccionales de ese municipio y hacer la división correspondiente de agua, pastos, servidumbres, etc., debiendo sujetarse su acuerdo a la ratificación del poder Ejecutivo; y 3. Disponer que las autoridades del nuevo municipio se elijan en la forma legal, el último domingo del mes de agosto próximo, para que tomen posesión de sus cargos el 15 de septiembre de este mismo año., aniversario de la independencia nacional, en que debe inaugurarse el pueblo de colohete . Comuníquese. Sierra. El Secretario de Estado en el Despacho de Gobernación, Cesar Bonilla.

Límites: Al Norte, municipio de Gracias; al Sur, municipios de La Campa y San Sebastián; al Este, municipio de La Campa y al Oeste, municipio San Sebastián     y Belén Gualcho.

Extensión Superficial:   171.4    Km 2.

Aldeas:            8

Caseríos:          89

 

MUNICIPIO  DE  SAN  RAFAEL:

Fecha de creación: En el censo de población de 1887 aparece como aldea El Conal del municipio de La Iguala, hasta 1900 se le dio categoría municipal, así:

ERIGESE EN MUNICIPIO LA ALDEA DE EL CONAL, EN JURISDICCIÓN DE LA IGUALA, DEPARTAMENTO DE GRACIAS.

Tegucigalpa 17 de julio de 1900.

Con vista de la solicitud elevada al Poder Ejecutivo por algunos vecinos de la aldea El Conal, jurisdicción de La Iguala, departamento de Gracias, relativa a pedir la creación de un municipio, que tendrá por cabecera El Conal, por convenir a los intereses de dicha aldea la existencia de autoridades propias que procuren con eficacia el progreso de la localidad. Oído el informe del Gobernador Político respectivo que es favorable a la petición, por creer que la aldea referida tiene los elementos necesarios para ser erigida en pueblo. CONSIDERANDO: que se ha comprobado satisfactoriamente que dicha aldea tiene el numero de habitantes y todas las demás condiciones que la ley   requiere para la creación de un nuevo municipio. CONSIDERANDO: que al segregar las aldeas de El Conal y Taragual  del resto de las aldeas que forman el actual municipio de la Iguala, no se impide que este pueda subsistir independientemente de aquellas. CONSIDERANDO: que por las razones alegadas en la solicitud y por el mayor interés que tendrá la autoridad local inmediata para atender a todos los ramos del servicio público, es conveniente acceder a dicha petición; POR TANTO: el Presidente, de conformidad con los artículos 2. 3. reformados 7.y 8 de la ley municipal. ACUERDA: 1 Resolver de conformidad dicha solicitud autorizando, en consecuencia, la creación del nuevo municipio, que tendrá por cabecera la aldea de El Conal. 2. Disponer que se proceda, en la forma debida a la elección de las autoridades locales, para que tomen posesión de sus cargos el 1 de enero del año próximo. 3. Delegar en el Gobernador Político la facultad de fijar los límites jurisdiccionales del nuevo pueblo y hacer la división de terrenos, bienes, pastos, aprovechamientos, usos públicos, etc., sin perjuicio de los derechos de propiedad y servidumbres publicas y privadas ya existentes; quedando sujeto a la ratificación del Gobierno lo resuelto por aquel empleado en virtud de esta delegación. Comuníquese. Sierra. El Secretario de Estado en el Despacho de Gobernación. Cesar Bonilla”.

En 1901 piden que la aldea El Taragual siga formando parte de la Iguala.

ACCEDESE A UNA SOLICITUD HECHA POR EL SINDICO MUNICIPAL DE LA IGUALA, DEPARTAMENTO DE GRACIAS, PIDIENDO CONTINUÉ FORMANDO PARTE DE ESE PUEBLO LA ALDEA DE EL TARAGUAL.

Tegucigalpa 26 de febrero de 1901.

Con vista de la solicitud presentada el 29 de septiembre del año anterior por el Síndico municipal del pueblo de la Iguala, en el departamento de Gracias, relativa a pedir reconsideración del acuerdo de 17 de julio último, a efecto de que la comisaría de El Taragual continúe, como ha estado, formando parte integrante de aquel municipio, por desearlo así la mayor parte de sus vecinos y por otras razones de pública conveniencia. Visto asimismo el informe del Gobernador político del departamento respectivo, en el cual insiste en su parecer respecto a la conveniencia de la creación del municipio de El Conal; pero indica, a la vez, que para armonizar los intereses de los dos municipios y que el de La Iguala no pierda tan gran numero de sus vecinos, es de equidad se acceda a dicha solicitud, anexándose, en compensación, al pueblo de El Conal las aldeas de Las Peñas, Pueblo Nuevo y Gualciras, que distan como doce leguas de la  cabecera municipal de Gracias y como dos o tres de El Conal, siendo más fácil por lo mismo, su buen régimen bajo la dependencia del último pueblo expresado. CONSIDERANDO: que el medio indicado por el señor Gobernador consulta satisfactoriamente los intereses de los pueblos referidos: y que, si bien la municipalidad de Gracias no se muestra conforme con la segregación de las aldeas que en la actualidad pertenecen a ese municipio, las razones alegadas no son suficientes, puesto, ante todo, que deba procurarse la buena administración municipal, que se dificulta sobremanera por la considerable distancia a que están colocadas; POR TANTO: El Presidente, ACUERDA: 1. Rectificar el acuerdo de 17 de julio de 1900, disponiendo que la comisaría de El Taragual siga formando parte integrante del municipio de la Iguala. 2 Anexar al municipio de El Conal las aldeas de Las Peñas, Pueblo Nuevo y Gualciras, que pertenecen al municipio de Gracias. 3. Declarar con derecho a la municipalidad de Gracias para que se le reponga la parte de terreno ejidal que se cerceno con motivo de la segregación de las aldeas mencionadas; y 4. La demarcación Jurisdiccional de El Conal se sujetará a los dispuesto en el citado acuerdo de 17   de julio y en el presente. Comuníquese . Sierra. El Secretario de Estado en el Despacho de Gobernación. Cesar Bonilla.

Límites: Al Norte, municipios La Unión y  El Níspero; al Sur, municipio de La Iguala; al Este, municipio de Santa Rita y San Francisco de Ojuera y al Oeste, municipio de La Iguala.

Extensión Superficial:   105.1    Km 2.

Aldeas: 8

Caseríos:          26

 

MUNICIPIO DE SAN SEBASTIÁN

Fecha de creación: En el censo de población de 1887 era aldea de Colosuca del municipio de Gracias, en 1896 se creó el municipio, así:

“CREASE EL MUNICIPIO DE SAN SEBASTIÁN EN EL DEPARTAMENTO   DE GRACIAS”.

Tegucigalpa 7 de marzo de 1896.

Con vista de la solicitud presentada al gobierno por el  alcalde auxiliar y vecinos de la aldea Colosuca jurisdicción de la ciudad de Gracias, en el departamento del mismo nombre, contraída a pedir que dicha aldea se erija en municipio por reunir los requisitos que para tal fin exige la ley municipal, debiendo ser llamado municipio de San Sebastián. CONSIDERANDO: que según el informe de la municipalidad y Gobernación Política del departamento la    expresada aldea cuenta con los terrenos necesarios y con medios para subsistir por si, constituido en municipio, pero niegan que en el casco de la población hayan los quinientos habitantes que la ley  requiere. Que en el censo presentado por los solicitantes aparece un numero de setecientos cuarenta y cinco habitantes, lo que está confirmado en el expediente por el dicho de los señores diputados son Maximiliano Hernández, Pedro A. Trejo, Rafael Muñoz Cabañas y Jesús Echeverría y conocedores de Gracias, a quienes se mando oír previamente. POR TANTO: El Presidente de la República en uso de las facultades que le conceden los artículos 2 y 8. de la ley municipal y estando comprobados los extremos del artículo 3. de la misma ley. ACUERDA: 1 Crear el municipio de San Sebastián, en el departamento de Gracias cuya cabecera será la población de Colosuca que en lo sucesivo se llamará San Sebastián, teniendo por jurisdicción la del mismo pueblo; y 2. El Gobernador de dicho departamento dictará las provincias para la elección y toma de posesión de las nuevas autoridades locales de conformidad con la ley. Comuníquese. Bonilla. El Secretario de Estado en el Despacho de Gobernación  por ministerio de ley. Antonio Urquía”.

Le dieron el titulo de Villa el 26 de febrero 1934.

Límites: Al Norte, municipio San Manuel Colohete y Belén; al Sur, municipio de Tómala y San Andrés; al Este, municipio de La Campa y San Manuel Colohete y al Oeste, municipios Guarita, Cololaca y San Marcos.

Extensión Superficial:   222.4    Km 2.

Aldeas: 7

Caseríos:          117

 

MUNICIPIO DE SANTA CRUZ.

Fecha de creación: En el censo de población de 1887, era una aldea de Erandique, hasta 1926, se creó el municipio, así:

“Tegucigalpa 26 de octubre de 1926.

Vista la solicitud elevada al Poder Ejecutivo por el señor alcalde auxiliar de Santa Cruz, en el municipio de Erandique departamento de Gracias, don Bruno Hernández, mayor de edad, labrador, en la que, en unión de los demás empleados y vecinos principales de la mencionada aldea, piden que ésta se erija en municipio con el nombre de “SANTA CRUZ  DE GRACIAS”, comprendiendo, además los caseríos de Jocomico, Pajapas, Loma Limpia, Centro Santa Rosa, San Pedro, El Carrizal, San Antonio, Candelaria y San Sebastián, por tener los recursos necesarios, numero de habitantes y elementos principales para la vida política y administrativa. Oído al parecer favorable del señor fiscal General de Hacienda; y CONSIDERANDO: que del informe rendido por el Gobernador político.

 

MUNICIPIO DE TALGUA:

Fecha de creación: En el recuento de población de 1791 figuraba como pueblo del curato de Gracias a Dios; en la división política Territorial de 1889 era uno de los municipios del Distrito de Gracias. En 1963 se solicita traslado de la cabecera de Talgua  a San Antonio Pedernales, así:

RESOLUCIÓN: No. 9.- Presidente de la República.- Tegucigalpa, D.C:, dos de enero de mil novecientos sesenta y tres.- VISTAS: con sus antecedentes las solicitudes que en diferentes fechas, a partir del año de mil novecientos cuarenta y uno, hasta la fecha, han venido elevando a la consideración del Supremo Poder Ejecutivo los vecinos del pueblo de Talgua, Departamento de Lempira, en su mayoría, contraídas a pedir que se resuelva el traslado de la cabecera del expresado municipio, del lugar donde actualmente se encuentra, o sea en Talgua, a la aldea de San Antonio de Pedernales. RESULTA: que la propia corporación de Talgua también ha hecho gestiones en igual sentido, habiendo acompañado a su peticiones, tanto esta como los vecinos, varias certificaciones de las actas en que se acordó tal decisión, estando suscritas por innumerables vecinos que concurrieron a la sesiones. RESULTA: que los peticionarios interesados han hecho gestiones para obtener tal fin, a través de la Gobernación Política, Consejo departamental de Lempira y del Ministerio de Gobernación, Justicia y Se4guridad Publica, aduciendo entre otras razones, que la actual cabecera de Talgua, posee un reducido numero de habitantes, que el terreno donde se encuentra asentada la población es muy accidentado, que tiene pocas casas sin alineamiento alguno, no existiendo campo para la plaza pública y que carece de agua en cantidad suficiente, en tanto que la aldea de San Antonio El Pedernal, es de fácil acceso para los moradores de las aldeas y caseríos de El Camote, Ciruelito y otros.- RESULTA: que con fecha tres de diciembre del mil novecientos sesenta y dos, la Secretaria de Gobernación, Justicia y Seguridad Pública, giró instrucciones al Gobernador Político de Lempira para que informara sobre la conveniencia del traslado solicitando, practicando una inspección ocular sobre el terreno. RESULTA: que el expresado funcionario al evacuar su informe, se pronunció en sentido favorable, opinando que se accediera al traslado solicitado.- CONSIDERANDO: que la aldea de San Antonio El Pedernal, tiene mejores condiciones para establecer la cabecera del municipio de Talgua, por razón de su topografía y recursos naturales, localización, numero de habitantes, vías de acceso y abastecimiento de agua, los cuales son factores determinantes para su mejor organización y administración.- POR TANTO: El Presidente de la República en uso de las facultades que le confiere la ley, RESUELVE: trasladar la cabecera del municipio de Talgua, de El Pedernal, en el departamento de Lempira, a donde serán trasladadas las autoridades para lo cual se señala el plazo de un mes a contar de la fecha de esta resolución, considerándose el señor Gobernador Político de Lempira para que la ejecute, quedando integrado dicho municipio en la misma forma en que actualmente esta y la jurisdicción será ejercida por las autoridades del mismo en idéntica forma que sen  el presente, sobre todas las aldeas y caseríos que lo componen, desde la nueva cabecera .. NOTIFIQUESE.- Villeda Morales.- El Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación,  Justicia y  Seguridad Pública. Ramón Valladares h.

En el mismo año 1963  piden cambio de nombre, así:

RESOLUCIÓN No. 25.- PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA.-  Tegucigalpa, D.C., veintiséis de febrero de mil novecientos sesenta y tres.- VISTA. La solicitud elevada a la consideración del Supremo Poder Ejecutivo, por el Gobernador político del Departamento de Lempira, secundando la iniciativa hecha por la Corporación Municipal de San Antonio de Pedernales, en el mismo Departamento y por la mayoría de los vecinos del citado lugar, contraída a obtener que sea reemplazado el nombre de “San Antonio de Pedernales”, actual cabecera del Municipio de “Talgua”, por el de San Ramón.- RESULTA: que como se dijo anteriormente, con posterioridad, la Corporación Municipal de “San Antonio de Pedernales” fuese sustituido por el de “San Ramón”.- CONSIDERANDO: que es procedente atender la solicitud de la Municipalidad de Talgua y de la mayoría de sus vecinos, POR TANTO: El Consejo de Ministros en ejercicio de la Presidencia de La República, RESUELVE: Sustituir el nombre de “San Antonio de Pedernales” por el de San Ramón, que de esta fecha en adelante llevará la cabecera del Municipio de Talgua, en el Departamento de Lempira.- NOTIFÍQUESE: El Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Seguridad Publica.- Ramón Valladares h.- El Secretario de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, por la ley, Cesar Mossi.- El Secretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, por la ley.- Alonso Flores Guerra.- El Secretario de Estado en el Despacho de Educación Pública.- José  Martínez O.- El Secretario de Estado en los Despachos de Economía y Hacienda.- Jorge Bueso Arias.- Secretario de Estado en los Despachos de Comunicaciones y Obras Públicas.- R. Alduvin A.- Secretario de Estado en los Despachos de Salud Pública y Asistencia Social.- R. Martínez V.- El Secretario de Estado en los Despachos de Trabajo y Previsión Social, por la ley.- Amado H. Núñez.- El Secretario de Estado en el Despacho de Recursos Naturales.- R. Peña G. – en 1965 trasladan a Talgua la cabecera, así:

RESOLUCIÓN: No. 3. PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA.- Tegucigalpa, D.C., trece de julio de mil novecientos sesenta y cinco.- VISTA LA RESOLUCIÓN No. 25 de veintiséis de febrero de mil novecientos sesenta y tres, emitida por el Consejo de Ministros en ejercicio de la Presidencia de la República, sustituyendo el nombre de “San Antonio de Pedernales” cabecera del Municipio de “Talgua” en el Departamento de Lempira, por el de “San Ramón” y trasladando la cabecera del mismo Municipio al último lugar citado..- RESULTA: que con motivo de la Resolución citada, la mayoría de los vecinos de aquel Municipio, han reclamado constantemente alegando que la población de “Talgua” es más apropiada para cabecera Municipal que “San Ramón” no solo por su posición topográfica, si no que por sus recursos naturales y numero de habitantes, estimando por tales circunstancias que fue un error instituir a San Ramón como cabecera del aludido municipio; y CONSIDERANDO; Que por las razones anteriormente expuestas es atendible la petición del los vecinos del pueblo de Talgua, POR TANTO: El Presidente de la República, en uso  de las facultades que le confiere la ley, RESUELVE: 1. Trasladar la cabecera Municipal del Municipio de “Talgua” en el Departamento de Lempira del Pueblo de “San Ramón” a su antigua cabecera, o sea el Pueblo de Talgua; y 2. La presente Resolución tendrá vigencia a partir del primero de agosto del año en curso.- NOTIFÍQUESE.- .O. López A.- Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia.- Virgilio Urmeneta R.

Origen de su nombre: Significa en Mejicano “ Poseedores de Heredades”.

Límites: Al norte, Municipio de Santa Rosa de Copán; Al Este municipio de Las Flores y al Oeste, municipio de Cucuyagua.

Extensión Superficial:   84.7      Km 2.

Aldeas:            6

Caseríos:          41

 

MUNICIPIO DE TAMBLA:

Fecha de Creación: En el ceso de población de 1887 era una aldea de Tómala, hasta 1896 que crearon el municipio, así:

CREASE EL MUNICIPIO DE TAMBLA EN EL DEPARTAMENTO DE GRACIAS.

Tegucigalpa, 11 de septiembre de 1896.

Vista la solicitud presentada por los vecinos de la aldea de Tambla, jurisdicción de Tomalá, Departamento de Gracias, pidiendo que se erija en término municipal  la expresada aldea, fundándose en que se encuentra en las condiciones que para el efecto requiere la ley; y CONSIDERANDO: Que en el expediente creado con tal objeto está demostrando que existen más de quinientos habitantes en el casco de la población; que tienen como territorio, edificios y recursos suficientes para sostener el Gobierno Municipal; y oído así mismo el informe favorable del Gobernador Político Departamental de la Republica en uso de la facultades que le corresponden los artículos 2. y 8. de la ley municipal. ACUERDA: Se crea el municipio de Tambla con el pueblo de este nombre por cabecera; debiendo proceder a la elección de las autoridades locales, en el tiempo y proporción que fija la ley, a fin de que el primero de enero próximo tomen posesión de sus destinos, al nuevo municipio corresponde el territorio comprendido entre los términos municipales de Tómala, Valladolid, Guarita y Coló laca. COMUNÍQUESE.- Bonilla. El Secretario de Estado en el Despacho de Gobernación por ley. Antonio Urquia.

Origen de su Nombre: Significa en Mejicano “Abundancia de maíz seco”.

Límites: Al Norte, municipio de Tomalá: al Sur, municipio de Guarita y Valladolid; Al este, municipios de San Andrés y Tomalá y al Oeste, municipio de Guarita.

Extensión Superficial:   63.2      Km.2

Aldeas: 3

Caseríos:          43

 

MUNICIPIO DE TOMALA:

Fecha de creación: En el recuento  de población de 1791 era  un pueblo del curato de Sesenti; en la División Política Territorial 1889 era uno de los municipios del Distrito de Guarita.

Origen de su nombre: Significa en mejicano “Lugar Cálido”.

Límites: Al norte, municipio de San Sebastián; al Sur y al Este, municipio de Tambla y al Oeste, municipio de San Andrés.

Extensión Superficial:   47.9      Km 2.

Aldeas: 11

Caseríos:          26

 

MUNICIPIO DE VALLADOLID:

Fecha de Creación: En el censo de población 1887, ya aparece como municipio y formaba parte del Distrito de Guarita.

Límites: Al norte, municipio Tambla;  al Sur, municipio La Virtud y República de El Salvador; al este, municipios de San Andrés y Gualcince y al oeste, municipios de Guarita y San Juan Guarita.

Extensión Superficial:   80.6      Km 2.

Aldeas: 9

Caseríos:          32

 

MUNICIPIO DE VIRGINIA:

Fecha de creación: Se  cree que fue fundado en 1 830  y en la División Política Territorial 1889 era uno de los municipios del Distrito de Candelaria.

Límites: Al Norte, municipio Candelaria; al Sur,   República  de El Salvador; al este, municipio Piraera y al Oeste, municipio Mapulaca.

Extensión Superficial:   41.8      Km 2.

Aldeas: 2

Caseríos:          27

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